Menú
Medios de pago
Pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos DIRECTO: Pago Fácil, Rapipago y BPN.
Impuesto Inmobiliario : Pago Fácil, Rapipago, BPN, Cajeros Automáticos de Link o Homebanking, (únicamente para impuesto no vencido) ; PagoMisCuentas y adhiriéndose en esta DPR Débito Automático de Cuentas Bancarias y de Tarjetas de Crédito: MASTERCARD o VISA
Impuesto sobre los Ingresos Brutos Convenio Multilateral SIFERE: Jur. 915 BPN, pago electrónico con las redes Interbanking, Banelco y Link.
CM03 Volante de Pago SIN DISQUETTE. Opciones de Pago ( Elija Sistema Sifere - Opciones de Pago Disponibles)
Impuesto de Sellos: BPN Exclusivamente
Sistema opcional de emisión de TIMBRADO FISCAL o TASA mediante los cajeros automáticos de la red LINK, accediendo por la opción LINK PAGOS. Debe ingresar el Nº de DNI (cód. Link) e indicar el valor fiscal a obtener.
AGENTES DE RETENCIÓN Y PERCEPCIÓN - SIRCAR |
General - Novedades |
RESOLUCIÓN N° 276/DPR/2017 - ESTABLECE RÉGIMEN DE AGENTES DE RETENCIÓN, REEMPLAZA RES. N° 380/DPR/1993 Y SUS MODIFICATORIAS SIRCAR: USO OBLIGATORIO según Resolución Nº 440-2016 A partir de las operaciones efectuadas desde el 1 de ENERO de 2017, es obligatorio el uso del Sistema de Recaudación y Control de Agentes de Recaudación denominado SIRCAR disponible en el sitio www.sircar.gov.ar, PARA LOS AGENTES DE RETENCIÓN Y PERCEPCIÓN DE INGRESOS BRUTOS incluídos en el Anexo de la Resolución General 12/2016 de la Comisión Arbitral También, este listado se encuentra publicado en el sitio www.ca.gov.ar, apartado “Agentes de Recaudación”, “SIRCAR - Sistema de Recaudación y Control de Agentes de Recaudación”. Con motivo de su incorporación al Sistema SIRCAR, los agentes deben efectuar la presentación de las declaraciones juradas determinativas y pago en sede única de las retenciones y percepciones practicadas a partir de las operaciones realizadas desde la fecha mencionada anteriormente. Para el acceso al Sistema SIRCAR, utilizarán su CUIT y la Clave Fiscal otorgada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Para operar por primera vez, deben ingresar al sitio www.afip.gob.ar con Clave Fiscal y en la Opción “Administrador de Relaciones de Clave Fiscal”, proceder a la incorporación de una nueva relación en el servicio “Comisión Arbitral - SIRCAR”. El instructivo de uso, diseño de registros, y toda otra documentación necesaria, esta disponible en el sitio www.sircar.gov.ar, menú “Información”.
|